Condenado un funcionario municipal de Iznalloz por amenazar a un concejal de Podemos

El juzgado de Instrucción nº6 de Granada impone una multa y una orden de alejamiento al condenado que violentó al edil acusándole de ser responsable de una supuesta persecución del Seprona

El Juzgado de Instrucción número 6 de Granada ha condenado a F.C.V., funcionario del Ayuntamiento de Iznalloz, por un delito de amenazas cometido contra el concejal de Podemos en este consistorio, José Antonio Rodríguez Santiago, unos hechos que ocurrieron cuando el condenado –aficionado a la caza- se personó en el negocio del afectado y le increpó abruptamente por hacer políticas en defensa del bienestar animal. El suceso se saldó con requerimiento de atención médica por parte del concejal y su hijo, presente en ese momento, al sufrir una subida de tensión y episodios de ansiedad.

Según ha explicado Rodríguez Santiago, desde que se puso en marcha en el pueblo la asociación animalista y defendió públicamente iniciativas en favor del sacrificio cero y la protección de los animales, el citado funcionario le culpa junto a su hijo de la supuesta persecución que dice sufrir por parte del Seprona de la Guardia Civil. Concretamente, el día de los hechos judicializados, F.C.V. se personó en el establecimiento comercial del concejal «exaltado y profiriendo insultos y amenazas», una situación violenta que cuenta con antecedentes similares y que requirió de la intervención de la Guardia Civil ante frases como “cerdos animalistas, la próxima vez me vais a encontrar de cara”. En este sentido, el juez detalla que estos hechos integran un delito de amenaza leve ya que anuncian un mal posible e ilícito capaz de atemorizar al destinatario, sembrando inquietud o desasosiego.

La sentencia, que no ha sido recurrida pese a habilitarse plazo debido para ello, considera probado el relato del concejal, desestima la petición de absolución por parte del querellado, y establece una pena de multa de 90 euros y la prohibición de aproximación a menos de 100 metros del querellante, de su domicilio o de su lugar de trabajo, así como prohibición de comunicarse por cualquier medio con el mismo por periodo de seis meses, y el pago de las costas judiciales.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.